lunes, 9 de junio de 2014

CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS

CLASIFICACION DE LAS COSAS EN ROMA:

El vocablo cosa (res) se usa para indicar todo aquello que puede ser objeto de derechos, es decir todo cuanto tenga entidad corporal o espiritual, natural o artificial, real o abstracta y que sea susceptible de apreciación económica.
Los juristas romanos se referían a ella como al objeto material (corpus), en oposición a los actos del hombre. Denota una cosa corporal, físicamente delimitada y jurídicamente independiente.
En las fuentes romanas se encuentra la clásica división de las cosas en res intra patrimonium y en res extra patrimonium, según sean bienes económicos de los particulares o no.


Otra clasificación más comprensiva y precisa, clasifica las cosas en res in commercio y res extra commercium. Y además denomina res mullius a las cosas in commercio que no son propiedad de nadie y res delictae a aquéllas cuya propiedad ha renunciado el dueño por abandono.     

Res extra commercium
 
Aquí se cuentan las cosas que no son susceptibles de relaciones jurídico-patrimoniales
Templo de Saturno en Roma. Considerado comoRes sacrae.
prescripción de la norma divina o por disposición de la ley, de donde surge la división de las cosas:

Res divini iuris: sacrae, religiosae, sanctae.

Las res divini iuris son las cosas de derecho divino. Entre ellas se encontraban las cosas sagradas (res sacrae), consagradas a los dioses superiores y puestas bajo su autoridad como los templos; las cosas religiosas (religiosae) consagradas a los dioses inferiores, como los sepulcros; y, las cosas santas (sanctae), como los muros y puertas de la ciudad.

Res humani iuris: communes, publicae, niversitates.
 
Las res humani iuris eran las cosas del derecho humano. Entre las cosas excluidas del comercio se encontraban las cosas comunes (res communes omnium) como el aire, el agua; las cosas públicas (res publicae) como las cosas del pueblo entre las que se pueden mencionar el río y sus orillas, los puertos; y las res universitates, que eran las cosas que integraban el patrimonio de una comunidad y que estaban afectadas al uso de sus miembros, como los teatros, los foros, los baños públicos, etc.


COSAS CORPORALES

Para que una cosa sea corporal basta con que sea perceptible por cualquier sentido.
 

COSAS INCORPORALES

La cosa incorporal es la que no es perceptible por los sentidos y sólo se puede concebir intelectualmente. Según el criterio romanista, son los derechos, salvo el de propiedad, que lo consideraban corporal por identificarse estrechamente con la cosa corporal sobre la que recae.
 

BIENES MUEBLES

Son aquellas que pueden ser movidas o moverse de unlugar a otro sin alteraciónde su sustancia. Se subclasifican en semovientes o inanimadas.
Ejemplo: carros, motos, celular etc.
 


BIENES INMUEBLES

Son las que no pueden trasladarse de un lugar a otro sin que se altere susustancia.
Ejemplo: casas, fincas, apartamentos etc.
 

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